viernes. 03.05.2024

La Comunidad de Usuarios de la Masa Mancha Occidental II, a la que pertenece Socuéllamos, ha aprobado esta semana sus estatutos en una Asamblea General celebrada en Alcázar de San Juan. Tal como pretendían los regantes, finalmente los estatutos recogen la itinerancia de la sede así como la encomienda de la gestión a las comunidades locales de regantes para que mantengan su autonomía.

La Masa Mancha Occidental II se constituyó a final del pasado mes de marzo y se nombró una comisión redactora de los Estatutos y Reglamentos. Heliodoro Benéitez, presidente de la Comunidad de Regantes de Socuéllamos, fue nombrado secretario de esta comisión, desde la que defendió, junto a las comunidades locales de esta zona, que se mantuviera, dentro de lo posible, la autonomía de las mismas.

Finalmente, los estatutos se aprobaron con estas premisas. La sede de la Masa podrá ser itinerante y el presidente tendrá facultad de establecer la sede. Con este punto se intentaba descentralizar y evitar que la sede estuviera siempre en Alcázar de San Juan, para que los desplazamientos no los tuvieran que realizar siempre los mismos regantes.

Por otra parte, los estatutos recogen la posibilidad de encomienda de gestión a las comunidades locales de regantes para que sigan ejerciendo las funciones que han desarrollado hasta ahora. También se estableció que las cuotas se sigan pagando desde cada comunidad y la contribución a la Masa sea proporcional a las dimensiones de cada una de ellas.

Tras esta aprobación, se abre ahora un período de un mes de exposición pública para presentar alegaciones. Posteriormente, el documento se presentará a la Confederación Hidrográfica del Guadiana para su aprobación, si considera que el contenido se ajusta a la normativa.  

La Masa Mancha Occidental II recoge en sus estatutos la autonomía de las comunidades...